¿Qué es el beneficio de gratuidad laboral?

Ante el inconveniente del gasto para acceder a la justicia que puede generarse para el trabajador al momento del despido, la Ley de Contrato de Trabajo garantiza la gratuidad del proceso judicial o administrativo hasta su culminación en materia laboral. Así lo establece en su  Art. 20. —Gratuidad.

El trabajador o sus derecho-habientes gozarán del beneficio de la gratuidad en los procedimientos judiciales o administrativos derivados de la aplicación de esta ley, estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo.

Su vivienda no podrá ser afectada al pago de costas en caso alguno.

En cuanto de los antecedentes del proceso resultase pluspetición inexcusable, las costas deberán ser soportadas solidariamente entre la parte y el profesional actuante.

Este beneficio de gratuidad facilita al trabajador iniciar juicio laboral con exención de pago de tasa de justicia y gastos, como así también el envío de telegramas para llevar a cabo su reclamo o juicio laboral.

 

Costas del proceso. ¿Quién debe pagar?

Las costas del proceso son:

  • Honorarios de abogados que ejercen la defensa.
  • Honorarios de peritos

Quien paga dependerá del resultado del juicio y también de cómo el juez imponga las costas del proceso judicial.

El principio general: La parte vencida debe pagar  las costas en caso de que los jueces impongan las costas a la parte vencida.

Si el trabajador resulta vencido en el pleito, el juez laboral puede adoptar entre 3 posibilidades:

  • Imponer las costas al empleador aunque este haya ganado el juicio, lo cual libera al trabajador de todo pago en concepto de costas.
  • Fijar las costas por su orden, o sea, que cada parte deberá soporta los gastos que generó. Corresponderá al trabajador sólo afrontar el 50% de los honorarios regulados a los peritos que él haya solicitado.
  • Imponer las costas del proceso al trabajador, aquí el trabajador es el responsable del pago de las mismas.

Es importante destacar que la vivienda del trabajador nunca puede ser afectada al pago de las costas.

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