Derecho Laboral

Derecho Laboral

Es la rama del Derecho Público que regula las relaciones derivadas del trabajo humano, que garantiza el cumplimiento de los derechos y obligaciones de las partes intervinientes.

Son partes en esta relación el EMPLEADOR quien contrata a un trabajador,  y quien tiene mayor responsabilidad y es por eso que el derecho tiende a limitar la libertad a fin de protege a la parte más débil, el EMPLEADO.

Esto obedece al principio protectorio del derecho laboral en contraposición al derecho privado que sustenta el principio de igualdad.

Otro principio rector en materia laboral es el principio de razonabilidad donde se aplica tanto al empleador como al trabajador donde debe primar el sentido común y el ejercicio de sus derechos y deberes no deben caer en conductas abusivas.

Hay que destacar también el valor del principio de irrenunciabilidad de derechos por el cual ningún trabajador puede renunciar a los derechos que son establecidos por la legislación laboral. Impide que actúe en su propio perjuicio.

También se destaca el principio de continuidad laboral aquí de defiende y promueve la utilización del contrato de trabajo de duración permanente y continua, frente a otras formas de contratación más flexibles y transitorias, ya que considera como una verdadera protección frente a las formas de despido improcedentes.

Por último encontramos el principio de gratuidad que establece el acceso irrestricto y gratuito a la justicia laboral. El trabajador debe poder iniciar un juicio laboral y acceder al asesoramiento de abogados laborales sin tener que asumir costo alguno, ya que en este  proceso se encuentra en condiciones de desigualdad a la hora de defender sus derechos.

Caracteres

Dinámico: Se encuentra en constante evolución de acuerdo a la realidad social.

Autónomo: Se nutre de sus propias normas y principios.

Especifico: Regula solo una porción de la población, aquellos que se encuentran en una relación laboral.

Hecho social: Regula los aspectos y condiciones determinantes de la vida social, salarios, huelgas, horas de trabajo, despidos, etc.

Fuentes

  • Constitución Nacional
  • Tratados Internacionales
  • Ley
  • Convenios Colectivos de Trabajo

Derechos del Trabajador Art 14 bis Constitución de la Nación Argentina

  • Condiciones dignas y equitativas de labor
  • Jornada laboral limitada
  • Descanso y vacaciones pagados
  • Retribución justa
  • Salario mínimo vital móvil
  • Igual remuneración por igual tarea
  • Participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección
  • Protección contra el despido arbitrario
  • Estabilidad del empleado público
  • Organización sindical libre y democrática reconocida por la simple inscripción en un registro especial
  • Derecho a huelga

Obligaciones del empleador. Ley de Contrato Laboral

  • Abonar el salario al trabajador en tiempo y forma
  • Adoptar las medidas de seguridad e higieneestablecidos por la normativa de riesgos del trabajo
  • Cubrir de los posibles daños a la integridad física de sus empleados y/o bienes vía el sistema de ART o en forma asegurada.
  • Realizar las contribuciones correspondientes al sistema de seguridad social y previsional
  • Oficiar de agente de retención ante los aportes obligatorios del trabajador como, por ejemplo, a la obra social, a la jubilación.
  • Desarrollar un trato cordial e igualitario con todos sus empleados
  • Entregar un certificado de trabajo, al final de la relación laboral, en la que figure los datos básicos del vínculo (duración, contribuciones patronales efectuadas, pago de salario, etc.)
  • Garantizar a sus trabajadores empleo en forma permanente durante el tiempo que dure el contrato (con la excepción del trabajo por temporada)
  • Ofrecer a sus empleados las herramientas indispensables para la realización de la labor estipulada

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