Ley de contrato de trabajo – Francos y descanso semanal

¿Qué es un día de franco?

El día de franco, o de descanso semanal, es un lapso de 35 horas en las que el trabajador no debe realizar tareas laborales. El objetivo principal del franco es de la recuperación de energía del trabajador luego de haber desempeñado sus tareas, que pueden haber exigido esfuerzo físico y/o psíquico. Cabe aclarar que estos días no deben afectar la remuneración percibida.

¿Cuándo puedo tener franco en mi trabajo?

Según la Ley de Contrato de Trabajo, los francos están previstos desde las 13 horas del día sábado hasta las 24 horas del día domingo, existiendo excepciones a esto: si el empleado presta tareas en ese lapso de tiempo, el empleador deberá, en la semana siguiente, otorgar un descanso compensatorio que sea equivalente al tiempo trabajado dentro del fin de semana.

Mi empleador no me dio franco, ¿Qué debo hacer?

Si el empleador no fija un franco, y a la semana siguiente omite nuevamente fijar un día de descanso, puede el trabajador hacer uso del derecho de descanso a partir del primer día hábil de la semana subsiguiente al fin de semana trabajado, habiendo previamente notificado a su empleador con una anticipación de 24 horas, el cual deberá no solo pagar r ese día de trabajo, sino que además, debe abonar el 100% de recargo del monto correspondiente a esa jornada.

¿Necesitás un abogado laboral? ¡Te ayudamos!

Mi empleador no me dio franco y yo no lo notifique para poder hacer uso de ellos, ¿puedo acumular esos días de descanso y tomarlos todos juntos?

Lamentablemente, NO. Si el derecho de descanso no es hecho valer como corresponde, los respectivos francos se pierden y no pueden ser compensados en dinero. 

¿En donde encuentro todas estas disposiciones? 

Los descansos semanales y francos están reglamentados en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, desde los artículos 204 a 207. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *