¿Puedo donar en vida a un solo hijo?

¿Qué es una donación?

Para la ley, una donación es un contrato por el cual una persona le transfiere a otra, de forma gratuita, una parte o la totalidad de sus bienes y esta lo acepta. 

Antes de fallecer, ¿Puedo donar en vida a un solo hijo?

Si, es posible. La donación en vida o inter vivos es lo que todos conocemos como adelanto de herencia. 

¿Cómo se realiza la donación?

Debe realizarse por medio de un contrato.

Recordá que cuando realices la donación, según el bien del que dispongas, vas a tener que acudir a un escribano público o no, además de realizar la inscripción de la nueva titularidad en el registro que corresponda.

¿Qué tipo de bienes puedo donar? 

Se pueden donar tantos bienes muebles o inmuebles como la persona desee, siempre que se reserve un mínimo que le permita vivir con dignidad y se respeten los límites legales. 

¿Hay algún límite al momento de realizar la donación en vida? 

Si, la ley restringe la posibilidad de donar los bienes propios no solo para poder permitirse una existencia digna, sino también para evitar que beneficie a un solo heredero.

¿Cuál es la porción de mis bienes de la que puedo disponer sin violar la legitima porción de mis herederos forzosos?

La porción disponible depende del heredero a quien quieras hacerle la donación en vida. La ley determina los siguientes valores: 

  • Si le donás a un descendiente: su legítima es de ⅔ de los bienes de la herencia, por lo que tu porción disponible, será de ⅓.
  • Si le donás a un ascendiente: su legítima es de ½ de los bienes de la herencia, por lo que tu porción disponible, será de ½.
  • Si le donás a tu cónyuge: su legítima es de ½ de los bienes de la herencia, por lo que tu porción disponible, será de ½.

En caso de que los herederos sean variados, siempre hay que tener como valor válido el de la porción mayor. 

¿Qué sucede si le dono a mi hijo una porción mayor de la porción de mis bienes que tenía disponibles? 

Cualquier donación que haya excedido la porción disponible más la legítima del donatario, estará sujeta a la acción de reducción: es decir que se buscará reducir el monto donado hasta que se alcance el límite puesto por la ley.

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