Embargo
Es la retención por una orden judicial de un bien perteneciente a una persona, para asegurar el cumplimiento de una deuda, el pago de las costas judiciales o el pago de la responsabilidad derivada de un delito.
Hay que destacar que esta medida afecta solo una parte del patrimonio o ingresos del deudor, es decir el monto adeudado. Es una decisión que toma el juez a pedido del acreedor, significa que este deudor tiene un juicio iniciado en su contra.
Tipo de embargos
- Embargo preventivo: Es aquel que setraba para evitar que resulte irrealizable una futura sentencia judicial, e impide que el deudor, durante la tramitación de un juicio, se desprenda de sus bienes, y con ello se torne insolvente.
- Embargo ejecutivo: Es aquel por el cual la autoridad judicial ordena retener los bienes del deudor y proceder a su venta.
Bienes inembargables
El Código Civil y Comercial de la Nación establece cuales son los bienes excluidos de la garantía común:
- La ropas y muebles de uso indispensable del deudor, de su cónyuge o conviviente, y de sus hijos;
- Los instrumentos necesarios para el ejercicio personal de la profesión, arte u oficio del deudor;
- Los sepulcros afectados a su destino, excepto que se reclame su precio de venta, construcción o reparación;
- Los derechos de usufructo, uso y habitación, así como las servidumbres prediales,
- las indemnizaciones que corresponden al deudor por daño moral y por daño material derivado de lesiones a su integridad psicofísica;
- la indemnización por alimentos que corresponde al cónyuge, al conviviente y a los hijos con derecho alimentario, en caso de homicidio;
- Los demás bienes declarados inembargables o excluidos por otras leyes.
Por su parte la Ley de Contrato de Trabajo establece la inembargabilidad del salario cuando este sea minimo y vital, salvo por deudas alimentarias.
Duración del embargo.
Esta medida tiene una duración de 5 años y específicamente en caso de embargo de autos 3 años, PERO antes del vencimiento el acreedor puede pedir su renovación indefinidamente.