Como consignábamos en escritos anteriores la Cuota Alimentaria recae sobre ambos progenitores y en caso de separación de los padres el padre conviviente puede reclamarle al otro el pase de la cuota.
Si NO cumples con tu obligación de pagar la cuota alimentaria pueden pasar que
- Te citen a una Mediación para llegar a un acuerdo. Asisten ambos padres con sus abogados, el menor No de debe asistir. Se busca fijar un monto o importe de la cuota alimentaria mensual. A partir de su firma queda establecido el Convenio con plena validez legal y es obligatorio para ambos padres, sin exepciones.
- Y si no se llega a un acuerdo se iniciará Juicio de Alimentos. Para ejecutar ese Convenio, en otras palabras para que el monto de la cuota alimentaria que necesita el hijo sea obtenido por la fuerza de la ley a traves de embargos de sueldo, embargo y remate de bienes muebes e inmuebles, o embargo a los abuelos.
Pueden hacer el reclamo:
1_ Madre, en nombre de su hijo (Convive con el hijo)
2_ Padre, en nombre de su hijo (Convive con el hijo)
3_ El Hijo, si cuenta con un cierto grado de madurez, en compañía de un abogado
4_ Algún familiar
5_ Ministerio Público
¿Se puede solicitar el pago de la Cuota Alimentaria a los abuelos?
Si el padre NO CUMPLE si puede reclamarse el cumplimiento a los abuelos, en el mismo juicio contra el padre o en un juicio diferente.
En este caso para que los abuelos deban abonar la cuota es necesario demostrar que es muy difícil recibir los alimentos del padre incumplidor.
Resultado cuando No se abona la Cuota Alimentaria
Cuando el progenitor No cumple con el pago de la cuota alimentaria obliga al progenitor conviviente a iniciar juicio, esto no solo implica el pago de la cuota sino tambien abonar los gastos y costas derivados del juicio mas los honorarios de los abogados. Tambien los retroactivos, intereses y daños y perjuicios ocacionados al menor por privarlo de su sustento y alimentos. Además podran embargar sus bienes y sueldo, como asi tambien la de los abuelos (Padres del progenitor incumplidor)