Calumnia

La calumnia está regulada en el Código Penal Argentino como un delito contra el honor que se comete cuando se imputa un falso delito a otra persona a sabiendas de que la acusación realizada es falsa, porque nunca ocurrió o no fue realizado por la persona a quien se lo acusa.

Art 109 CP “La calumnia o falsa imputación a una persona física determinada de la comisión de un delito concreto y circunstanciado que dé lugar a la acción pública, será reprimida con multa de pesos tres mil ($ 3.000.-) a pesos treinta mil ($ 30.000.-). En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”.

Ejemplo:

  • Cuando una persona imputa a su empleada doméstica el robo de una cantidad de dinero que había en su casa sabiendo que el día del robo su empleada no estaba trabajando.

 

Características:

  • Acusación falsa
  • Facilidad con la que se acusa
  • Se crea con el fin de responsabilizar penalmente a la víctima

 

Relación entre calumnias e Injurias

  • Ambas constituyen delitos contra el honor
  • Están tipificadas por el Código Penal Argentino
  • Son pasibles de penas pecuniarias a quien cometiera estos delitos

 

Calumnia Injurias
Imputación falsa de una persona inocente ante las autoridades Publicación de un juicio de valor falso que atenta contra la reputación de otra persona.
Causar una pena legal hacia el acusado Ofender humillar a la victima
Ej. Una persona acusa a su pareja de violencia de género. Ej. Un persona divulga que su compañera de trabajo tiene una enfermedad contagiosa sin tener pruebas de ello.

 

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