Derecho Previsional

Derecho Previsional

Es una rama del Derecho Público, que se ocupa de la distribución  actual de los recursos para asistir a una necesidad futura que es susceptible de prever.

La Ley 26.425 sancionada en 2008 recepta que en Argentina, nos rige únicamente el régimen previsional publico denominado  Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuya financiación es mediante un sistema solidario de reparto, garantizando el mandato del Art 14 bis de la Constitución Nacional.

Contingencias:

  • VEJEZ

Régimen general

  • Hombres: 65 años + 30 años de aportes (Dependiente o Autónomo)
  • Mujeres: 60 años + 30 años de aportes.

Exceso de años de edad: Compensa la falta de años de servicios. 2 años de edad en exceso corresponde a 1 año de servicio faltante.

Régimen especial: Edad Avanzada

Hombres y mujeres

  • 70 años + 10 años de aportes (Dependientes o Autónomos) De los 10 años de aportes por lo menos 5 deben haber sido trabajados durante los últimos 8 años anteriores al cese de la actividad.
  • 65 años + invalidez mayor al 66% de la capacidad laborativa física o intelectual

 

  • INVALIDEZ

Hombres y Mujeres

  • Menores a 65 años + Alteración de la salud (física o psíquica) que ocasione incapacidad para trabajar en forma total y permanente, superior al 66 %, a determinar por Comisiones Médicas.

 

  • MUERTE

Fallecimiento del trabajador en actividad o del beneficiario de una jubilación, que priva de ingresos al grupo familiar dependiente del fallecido (esposo/a conviviente, hijos solteros menores).

Prestaciones características

  • Dinerarias: Deben ser abonadas en dinero al beneficiario
  • Personalísimas: Solo puede percibir el titular del beneficio
  • Inembargables: No pueden ser ejecutadas salvo que la afectación se origine en el pago de las cuotas alimentarias y litisexpensas correspondientes, de acuerdo alartículo 14 inciso c, de la ley 24.241.
  • Irrenunciable: No puede renunciar
  • Mensuales: Serán percibidas todos los meses
  • Vitalicias: Dura desde que se la obtiene hasta el final de la vida.

Prestaciones Tipos

  • JUBILACION ORDINARIA 
  • Prestación Básica Universal (PBU): Brinda una prestaciónuniforme a quienes hayan alcanzado la edad y hayan efectuado aportes durante su actividad laboral.
  • Prestación Compensatoria (PC): por los años aportados al régimen jubilatorio precedente
  • Prestación Adicional por Permanencia (PAP): cada afiliado cobra en función de una fórmula basada en su nivel de aportes.

En caso de “Prestación por Edad Avanzada”, la P.B.U. se reduce al 70 % (las restantes prestaciones son iguales)

Requisitos

  • Cumplir con la edad y años de aportes
  • Verificar en Anses tus aportes realizados por vos o por tu empleador
  • Tener cargado en el sistema de Anses tu información y la de tu grupo familiar
  • Sacar turno para jubilación ordinaria a través de la página de anses o llamando al 130.
  • Presentarte en Anses el día y horario del turno y llevar tu DNI y demás documentación.

 

  • JUBILACIÓN DOCENTE

Esta prestación corresponde a quien ejerció la docencia.

  • Hombre 60 años
  • Mujer 57 años
  • Tener 25 años de aportes, de los cuales 10 deben ser frente al estudiante.

Los servicios en escuelas de ubicación desfavorable o de educación especial se computarán a razón de 4 años por cada 3 de servicios efectivos.

  • RETIRO POR INVALIDEZ 

Esta prestación se puede solicitar si te encuentras trabajando y, por cuestiones físicas o intelectuales, estás imposibilitado/a para desempeñar cualquier actividad compatible con tu profesión.

Corresponde a hombres y mujeres que no alcanzaron la edad para acceder a la jubilación ordinaria sean trabajadores en relación de dependencia y a trabajadores autónomos.

Requisitos

  • Dictamen de una Junta Medica que acredite que esas causas físicas o psíquicas impiden realizar actividad laboral en un 66% o superior.
  • No haber cumplido con la edad y los años de aportes para acceder a la Jubilación Ordinaria.
  • Cumplir con la condición de:
  • Aportante regular: Afiliado en relación de dependencia que realizo aportes como mínimo durante 30 meses dentro de los 36 anteriores a la fecha de solicitud del retiro por invalidez o del fallecimiento del afiliado en actividad.
  • Aportante Irregular con derechos: Afiliado en relación de dependencia que realizo aportes como mínimo durante 18 meses dentro de los 36 anteriores a la fecha de solicitud del retiro por invalidez o del fallecimiento del afiliado en actividad.
  • Original de Estudios, diagnósticos y certificados médicos.
  • Original de la nómina de los médicos que lo asistieron y actualmente lo asisten.
  • Tramite a realizarse en forma presencial, con turno previo en las oficinas de Anses.

 

  • JUBILACION TRABAJADOR MINUSVALIDO

Esta prestación aplica tanto para hombres y mujeres en relación de dependencia o autónomos.

Requisitos:

  • Trabajadores en relación de dependencia: Tener 45 años de edad
  • Trabajadores autónomos: Tener 50 años de edad
  • Contar con 20 años de servicios con aportes
  • Acreditar fehacientemente que durante los últimos 10 años anteriores al cese o a la solicitud de la prestación, prestaron servicios en estado de disminución física o psíquica (mayor al 33%)
  • Sacar turno y presentarse en Anses con toda la documentación.

 

  • PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA POR INVALIDEZ

Es una pensión mensual para personas con una discapacidad que le impida trabajar, o tiene dificultades económicas graves, y cumple estos requisitos.

Requisitos:

  • No percibir ni quien solicita ni su cónyuge ninguna jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva.
  • Acreditar que la capacidad laboral es del 76% o superior
  • No ser empleado en relación de dependencia, ni autónomo ni monotributista
  • No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia o la de tu grupo familiar.
  • No tener parientes o tener parientes que no puedan ayudarte.
  • Ser argentino/a de origen o por opción con 5 años de residencia como mínimo. La persona extranjera podrá acceder a esta pensión si tiene 20 años de residencia como mínimo.
  • No estar detenido/a a disposición de la justicia.
  • Sacar turno y presentarse en Anses con toda la documentació

 

  • PENSION POR FALLECIMIENTO

Es una prestación para un  familiar del trabajador fallecido en actividad. Esta pensión permite que el grupo familiar continúe con la cobertura de seguridad social. Corresponde a:

  • Cónyuge, con partida de casamiento actualizada.
  • Conviviente, acreditando 5 años de convivencia anterior al fallecimiento
  • Hijos: menores de 18 años, solteros y sin cobrar otro beneficio.
  • Hijo con discapacidad laborativa y que hubiese estado a su cargo, sin límite de edad.
  • Para poder acceder a la prestación, el trabajador fallecido debe haber cumplido con la condición de aportante regular o irregular con derecho.
  • Si se realiza el trámite durante el primer año de ocurrido el fallecimiento, se pagará lo que corresponda desde el día posterior al fallecimiento del titular.
  • Tramite a realizarse en forma presencial, con turno previo en las oficinas de Anses.

 

  • PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA – MADRE DE 7 HIJOS

Es una prestación mensual, de por vida y que no se puede embargar, que corresponde a la madre que tiene o tuvo  7 hijos o más, y cumples con los requisitos que la ley solicita.

Requisitos:

  • No ser titular de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.
  • No poseer bienes, ingresos, ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.
  • Ser argentina o naturalizada, en este último caso debe haber residido en el país al menos durante un año antes de realizar la solicitud.
  • Si es extranjera, debe haber residido en el país al menos durante 15 años antes de realizar la solicitud.
  • Para tener derecho a la prestación, el cónyuge o concubino de la solicitante puede ser beneficiario de un régimen previsional, pero no puede ser titular de una pensión por vejez o de una pensión por invalidez de carácter no contributivo.
  • El trámite se realiza ante ANSES y es presencial SIN turno previo

Si fallece la titular, esta pensión la pueden cobrar:

» El esposo o concubino, si está incapacitado para el trabajo y estaba a su cargo. Al esposo le corresponde la mitad y la otra mitad le corresponde a los hijos menores de 18 años.

» Los hijos menores de 18 años.

» Los hijos con discapacidad sin límite de edad.

  • PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA POR VEJEZ

Es una prestación que da el Ministerio de Salud y Desarrollo Social y que  corresponde a quienes tienen 70 años o más, y están en una situación económica grave, y no tienen cobertura previsional o no contributiva.

Requisitos:

  • Tener 70 años o más.
  • Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. Los/ naturalizados deberán contar con una residencia mínima y continua de 5 años anteriores al pedido de la prestación.
  • Los extranjeros/as deberán tener una residencia mínima y continua de 40 años en el país, inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la prestación.
  • No cobrar, el/la titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión
  • No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos
  • No encontrarse detenido/a a disposición de la Justicia
  • Cuando se tratare de un matrimonio, la pensión a la vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
  • El trámite se realiza ante ANSES y es presencial SIN turno previo.

 

  • PENSIÓN UNIVERSAL PARA ADULTO MAYOR (PUAM)

Es una prestación que otorga ANSES a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión.

Requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • Contar con los datos personales y relaciones familiares actualizados en las bases de ANSES.
  • Ser argentino originario o naturalizado con 10 años de residencia en el país anteriores a la solicitud. Si es extranjero deberá tener una residencia mínima de 20 años.
  • No cobrar ni tener derecho a un seguro de desempleo.
  • No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales.
  • Mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.

Quienes cobran la pensión universal:

  • Cuentan con cobertura de salud y servicios de PAMI.
  • Pueden acceder al crédito ANSES.
  • Pueden seguir trabajando para alcanzar los años requeridos de aportes que le permitan acceder a una jubilación ordinaria.
  • Pueden acceder al cobro de estas asignaciones familiares:
  • Asignación familiar por hijo/a con y sin discapacidad.
  • Asignación familiar por cónyuge.
  • Ayuda Escolar Anual.
  • Créditos de Anses
  • El trámite es presencial con turno.

 

  • PRESTACIÓN POR EDAD AVANZADA POR INVALIDEZ

Aplica a hombres y mujeres desde los 65 años de edad y que posean una incapacidad física laborativa física o intelectual del 66%. Sean trabajadores en relación de dependencia o autónomos.

Requisitos:

  • Tener 65 años de edad.
  • Encontrarse incapacitados para el trabajo.
  • Cumplir con la condición de aportante regular o irregular con derecho.
  • No tener tareas en calidad de servicio doméstico.
  • No percibir jubilación, retiro civil o militar nacional, provincial o municipal.
  • El trámite es presencial con turno.

 

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