¿Qué pasa con la Cuota Alimentaria si el progenitor no tiene trabajo registrado?

La  cuota alimentaria es un derecho del menor y una obligación de los padres, nuestro ordenamiento jurídico establece que la cuota alimentaria es un monto mensual que se fija al progenitor que no convive con sus hijos, para contribuir con el bienestar del menor.

Esta cuota tiene el carácter de mensual y obligatoria hasta que los hijos cumplan los 21 años y si continúan estudiando hasta los 25 años.

Cuota alimentaria si el progenitor trabaja en relación de dependencia.

En este caso la cuota alimentaria se fija de manera porcentual al ingreso del alimentante, que generalmente es entre el 30 y 40% del sueldo.

Este monto se descuenta automáticamente del sueldo y se deposita en una cuenta bancaria gratuita, creada a ese fin, para ser retirado por el padre conviviente con el menor.

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Cuota alimentaria si el progenitor está sin empleo registrado (Trabajo en negro)

Es la situación del progenitor con empleo independiente o no registrado, donde no se conoce con exactitud el monto del ingreso mensual.

En muchos casos el juez determina un monto fijo, que con el correr del tiempo y debido a la inflación de nuestro país, termina siendo insuficiente ese monto.

SIEMPRE se fija una cuota aunque el progenitor NO TENGA UN TRABAJO. Si está en condiciones de trabajar, su deber alimentario subsiste y debe procurar por todo los medios la forma de generar un ingreso a fin solventar los gastos de sus descendientes.

Cuota alimentaria si el progenitor está desempleado

Puede suceder también que el alimentante pierda su fuente de trabajo, en este caso puede solicitar en el juzgado interviniente una REDUCCION DE LA CUOTA, deberá demostrar que esta sin empleo y esta reducción será provisoria hasta que mejore su situación económica. Pero aun sin trabajo DEBERA PAGAR LA CUOTA ALIMENTARIA.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la cuota alimentaria?

  • Nombre y domicilio del progenitor a quien se le reclama la cuota
  • Datos económicos del padre (Si trabaja o no, si conoce el monto del ingreso mensual, si posee bienes muebles e inmuebles)
  • Detalle de los gastos del hijo ( Alquiler de vivienda, alimentos, vestimenta, educación y útiles, deportes, recreación, etc)
  • Facturas, ticket y todo tipo de comprobantes de gastos del menor

6 comentarios de “¿Qué pasa con la Cuota Alimentaria si el progenitor no tiene trabajo registrado?”

  1. Buen día, tengo una consulta para hacer, el padre de mis nenas trabaja en negro y no les paso nunca la cuota alimentaria el tiene ya un juicio por no pasarle la cuota a otro hijo mas grande que tiene con su primer pareja, pero nunca logro nada, yo también inicie los trámites para hacer todo legal y que un juez lo obligue a pasar lo que corresponde pero también quedó todo en la nada, el señor trabaja como transportista( camionero) pero siempre busca trabajos donde no lo registren para no tener que pasarle plata o alimentos a sus hijos, SIEMPRE QUEDA TODO EN LA NADA? Así se maneja la justicia? Estuvo preso por violencia de genero, y hasta la ayuda del IFE le dieron y aún así no fue capaz de ayudar ni colaborar con nada, estoy cansada y para completar me quedé sin empleo. ( Necesito asesoramiento por favor)

    1. Buenas tardes Sabrina, por los datos que brindas si el padre del menor no tiene trabajo registrado, igualmente el juez debe fijarle una cuota alimentaria en porcentaje del salario mínimo vital y móvil y de acuerdo a los gastos que se acrediten de su hijo. No obstante se puede reclamar a los abuelos paternos. Siempre hay que evaluar cada caso en particular para dar una respuesta justa a la situación, nuestro consejo es que busques asesoramiento con algún abogado y te indique pasos a seguir. Saludos!

  2. Buenas noches, hace cuatro años q espero una respuesta del juez, ya me habilitaron una cuenta bancaria pero el padre d mi hija no deposita un peso. Pase x muchas audiencias a las cuales el sr.no se presentó. Cuánto más tiene q esperar mi hija para recibir lo q le corresponde por derecho? Yo no tengo trabajo fijo, vivo c mis padres xq no tengo para alquilar….

    1. Buen día Alejandra, es difícil darte una respuesta porque hay que ver el expediente.Te contactaste con tu abogado? Si el tramite esta avanzado y ya lo notificaron al padre del menor pueden solicitar Ejecución de la sentencia de alimentos y el obligado (padre) sólo puede, en principio, oponer la excepción de pago documentado.

    1. Hola buenas tardes. Si el deber alimentario para con los hijos es hasta los 21 años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad es decir mayor de 18 años, cuenta con los recursos suficientes para proveérselos por si mismo.
      Dicha obligación alimentaria además puede extenderse hasta los 25 años inclusive para aquellos hijos que se capacitan, cuando la profesión u oficio, le impide proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente. En cuyo caso debe acreditarse la viabilidad del pedido.

      Espero haber despejado su inquietud, de lo contrario no dude en consultarnos por su caso concreto.
      Saludos.

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